¿Puedo trabajar por cuenta ajena y como autónomo a la vez? Este interrogante ronda en la cabeza de muchas personas, especialmente en aquellas que quieren emprender y desarrollar su idea de negocio, pero que desean mantener su trabajo por cuenta ajena mientras consolidan su nueva actividad. 

¿Y, es posible? La respuesta es que sí. La normativa que regula esta condición permite la pluriactividad de las personas, permitiendo ser autónomos y asalariados a la vez.

La pluriactividad permite que un trabajador que se encuentre inscrito en el Régimen General de la Seguridad Social como empleado por cuenta ajena, pueda también estar dado de alta o darse de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA). Según lo establece el artículo 28 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

Ejemplos de autónomo y asalariado a la vez

Veamos algunos ejemplos prácticos que te ayudarán a entender esta posibilidad de pluriactividad. 

Ejemplo del músico y el diseñador: 

Un músico puede trabajar como empleado en una escuela de música y, al mismo tiempo, puede ejercer como músico profesional en varias agrupaciones musicales. 

Igualmente un diseñador web puede trabajar en una agencia y desempeñarse como diseñador freelance para su cartera de clientes.

No obstante, es importante diferenciar la pluriactividad con el pluriempleo, ya que este último se refiere a una persona que se encuentre trabajando en varias empresas a la vez como asalariado.

Ejemplo pluriempleo del profesor de química: 

Un profesor de química que trabaja como asalariado en un colegio diurno y da clases en un máster los viernes y sábados en otra escuela.

Ser autónomos y asalariados a la vez es una opción que, últimamente está creciendo mucho porque hay personas que buscan un suplemento para obtener otra fuente de ingresos o abrir una vía al desarrollo personal como autónomo/a.

Además, la pluriactividad de los autónomos se ha visto también favorecida por el impulso que ha tenido el teletrabajo en los últimos meses, ya que en muchos casos, se puede realizar un trabajo de calidad desde casa con total autonomía de horarios y precios.

¿Puedo trabajar por cuenta ajena y como autónomo a la vez?

¿Cómo ser autónomos y asalariados a la vez?

Actualmente se puede estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y en el RETA, la única limitación que puede darse es que se firme un contrato vinculante con una empresa que no te lo permita ser. 

Consejo: os queremos informar que hay determinadas bonificaciones derivadas de la pluriactividad pero que para conseguirlas, debéis estar dados de alta primero como asalariados y luego como autónomos.

Para daros de alta cómo autónomo en pluriactividad es necesario:

  Rellenar el modelo de declaración de alta en el censo de empresarios (modelo 036) o el modelo simplificado para la declaración censal (modelo 037), según sea el caso, lo que permite que seamos incluidos en el Censo de Empresarios y Retenedores de la Agencia Tributaria.

  Darnos de alta en el RETA, para ello debemos habernos dado de alta primero en Hacienda.

Hay varias opciones para realizar estos trámites:

  1. Vía online con vuestro certificado digital

  2. solicitando cita previa en cada uno de los organismos más cercanos a vuestra residencia, o

  3. Poniéndoos en contacto con el equipo de MANPAT que os asesorará y realizará el alta sin desplazamientos y con total garantía. Solicita cita aquí mismo.

¿Cuál es la cuota del autónomo en pluriactividad?

Los trabajadores autónomos que estén en régimen de pluriactividad pueden elegir su base de cotización. 

En concreto, pueden seleccionar entre cotizar por el 50% de la base mínima, establecida según la ley de Presupuestos Generales del Estado, y el 85% hasta las bases máximas que establezca el RETA. Aunque estos límites varían en función de si se encuentran a media jornada o no, y el tiempo de cotización.

A) Como límite inferior tendremos que:

1) Si la jornada laboral es a tiempo completo será:

  • El 50 % de la base mínima de cotización, durante los primeros 18 meses.

  • El 75 % de la base mínima de cotización, durante los siguientes 18 meses.

2) Si la jornada laboral es a tiempo parcial superior al 50 por ciento será:

  • El 75 % de la base mínima de cotización, durante los primeros 18 meses.

  • El 85 % de la base mínima de cotización, durante los siguientes 18 meses.

B) Como límite superior: Las aplicables al régimen.

La aplicación de las medidas anteriores serán incompatibles con cualquier otra bonificación (Tarifa plana para autónomos)  o reducción establecida como medida de fomento del empleo autónomo, así como la devolución de cuotas establecida en el artículo 313 del TRLGSS.

Ventajas de la pluriactividad autónomos

Entre las principales ventajas que obtienen quienes trabajan como autónomos y asalariados a la vez encontramos:

      Aumento de las ganancias: es posible generar mayores ingresos, lo que aumenta el nivel adquisitivo.

      Ahorro en las contingencias: al tener incluidas las contingencias comunes en el pago de la Seguridad Social como trabajador por cuenta ajena, no se tiene que pagar. Por ejemplo podemos quitar del RETA la cotización por incapacidad temporal, la cual ya tenemos incluida como asalariados. 

      Emprendimiento: experimentar una nueva forma de trabajar que le puede aportar un alto rendimiento personal y profesional.

Conclusión sobre trabajar por cuenta ajena y como autónomo a la vez.

Como habrás comprobado, ambas opciones son compatibles, siempre y cuando cumplas con la normativa.

Esperamos haberte sacado de dudas, como puedes ver es perfectamente compatible ser trabajador asalariado y autónomo a la vez. Sólo falta tener el valor para avanzar en esa dirección.

Si finalmente decides comenzar tu nueva actividad como autónomo, no olvides contar con nosotros. ¡Te ayudaremos a tener controlado y a descomplicarte tu puesta en marcha desde el primer momento! 

Descubre lo fácil que es gestionar tu actividad con MANPAT.

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